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NACIONAL - 23 de enero de 2022

Causa polémica el testamento político de AMLO

El testamento político del presidente, le ha traído críticas de figuras de la oposición, tales como Javier Lozano Alarcón y Fernando Belaunzarán.

El presidente Andrés Manuel López Obrador informó que cuenta con un testamento político en caso de que llegara a morir o ausentarse antes de que termine su sexenio.

Fue este sábado cuando López Obrador reveló que tomó la decisión de preparar un testamento político debido a sus antecedentes de infarto e hipertensión.“Yo tengo un testamento político, no puedo dejar un país en un proceso de transformación, no puedo actuar, por responsabilidad, además con estos antecedentes del infarto, la hipertensión, mi trabajo que es intenso, sin tener en cuenta la posibilidad de una pérdida de mi vida, ¿cómo queda el país? Tiene que garantizarse la gobernabilidad, entonces tengo un testamento para eso”, declaró el mandatario tabasqueño.

Tras darse a conocer la noticia, se cuestionó el estado de salud actual del representante del Ejecutivo, pese a que él mismo ha asegurado que se encuentra en condiciones óptimas. Las especulaciones surgieron porque el presidente López Obrador pasó la noche del viernes en el Hospital Militar para que se le realizaran un cateterismo. Además de que en 2013, López Obrador sufrió un infarto y tiene un historial de presión arterial alta.

Varios personajes de oposición mostraron su inconformidad por el testamento del mandatario federal, pues aseguran que el país no le pertenece ni “el poder es su patrimonio”.

Como el columnista Fernando Belaunzarán que sostuvo que el presidente López Obrador habla de un testamento político como si el país lo tuviera escriturado.

Pero a todo esto, ¿qué es un testamento político? De acuerdo con la Carta Magna, en el artículo 84 se indica que en dado caso de que el Jefe del Ejecutivo fallezca, él o la titular de la Secretaría de Gobernación (Segob), en este caso Adán Augusto López, tomaría el poder de manera provisional.

Posteriormente, el Congreso deberá nombrar a un presidente interino en un plazo no mayor a 70 días. Una reforma que se aprobó el 10 de febrero del 2014, establece que el presidente provisional no podrá remover o designar a los Secretarios de Estado sin autorización previa de la Cámara de Senadores.

Aunque no se aclara cuál es el procedimiento que debe realizarse en caso que el mandatario cuente con un testamento político, la principal idea es que deje recomendaciones o normas por escrito a sus adeptos en caso de fallecimiento.

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