Secretaría de Salud suspendió a 7 Hospitales por infringir en condiciones sanitarias
La Secretaría de Salud de Guanajuato (SSG) incrementó la vigilancia sanitaria en hospitales durante el año 2019 y lo que corresponde a este 2020.
En este lapso se han realizado 331 visitas a hospitales, con 538 visitas de verificación, derivado de ellos se han realizado 7 suspensiones y 4 hospitales más amonestados y se han aplicado 11 multas.
A través de la Dirección General de Protección contra Riesgos Sanitarios el Secretario de Salud Daniel Díaz Martínez, informó que se realiza vigilancia sanitaria a los servicios de salud hospitalarios con el objetivo de disminuir los factores de riesgo a la salud provocados por la prestación de los servicios y así coadyuvar a que la población reciba una atención accesible y de calidad.
Explicó que durante la vigilancia sanitaria se verifica la infraestructura, mobiliario, equipamiento, insumos y demás condiciones sanitarias en las unidades de atención médica, de conformidad con la normativa vigente, entre ellas la NORMA Oficial Mexicana NOM-016-SSA3-2012, que establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.
Y la NORMA Oficial Mexicana NOM-027-SSA3-2013, de Regulación de los servicios de salud, que establece los criterios de funcionamiento y atención en los servicios de urgencias de los establecimientos para la atención médica y NORMA Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico.
El Secretario de Salud señaló que es imprescindible que los establecimientos cuenten con la documentación para su funcionamiento (licencias para actos quirúrgicos, servicio de rayos x, servicios de transfusión, farmacia, servicios de disposición de órganos y avisos de funcionamiento y responsables sanitarios de los servicios ya mencionados), así como con la documentación que acredite los estudios académicos del personal de la salud.
Además de expedientes clínicos, comités Intrahospitalarios, servicios generales en adecuadas condiciones (Central de gases, cisternas, planta de energía y almacén de RPBI, entre otros) e infraestructura y equipamiento del establecimiento conforme a lo establecido en las normas ya mencionadas, servicio de urgencias, hospitalización, unidad quirúrgica, unidad de tocología y tococirugía (en función de los servicios ofertados en la unidad hospitalaria)
En caso de identificar incumplimientos que representen un riesgo a la salud, con base a la Ley General de Salud y al Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, la autoridad sanitaria procede a la aplicación de medidas de seguridad consistentes en el aseguramiento de insumos y medicamentos, suspensión de trabajos y/o servicios o el cierre total temporal del establecimiento, así como instaurar procedimientos de sanción que pueden resolverse con amonestaciones, multas o clausuras.
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